Ser autónomo no es fácil. IVA repercutido, IVA soportado, epígrafes, modelos… Cuando arrancas tu actividad como trabajador por cuenta propia, empezarás a escuchar conceptos nuevos que más te vale conocer. Uno de ellos es “gastos deducibles”. Y es el que nos trae hoy frente a la pantalla. En Asertho Desarrollo Empresarial te relacionamos qué puedes desgravarte en tus declaraciones de IRPF.
Qué son los gastos deducibles del IRPF
Los gastos deducibles del IRPF son aquellos que Hacienda te permite deducir de tus ingresos y ventas para calcular el beneficio de tu actividad, sobre el que se aplicará el porcentaje de IRPF que corresponda.
Requisitos de los gastos deducibles
Para poder deducirnos un gasto, este debe cumplir una serie de requisitos fijados por la Agencia Tributaria.
• Deben ser gastos vinculados a la actividad económica del autónomo.
• Deben estar justificados correctamente.
• Deben registrarse contablemente en los libros de gastos e inversiones.
Qué gastos puede deducirse un autónomo
Así las cosas, los gastos deducibles más habituales y, en determinados casos, controvertidos de los trabajadores por cuenta propia son:
Gastos de alquiler
En caso de alquiler de local para desempeñar tu actividad como autónomo, este gasto es deducible en su totalidad, siempre y cuando el contrato de arrendamiento esté a tu nombre y hayas informado previamente a Hacienda. Pero, ¿qué pasa si trabajas desde casa? En tal caso, podrás ahorrarte parte del alquiler correspondiente al porcentaje de la vivienda que se usa para desempeñar la actividad profesional.
Gastos de suministros
Agua, calefacción, luz… Todos son gastos deducibles en la misma medida que los gastos de alquiler: si usas un local en exclusiva para tu negocio, podrás desgravarte la totalidad de los mismos; si no, solo el 30 % del gasto por suministros de la proporción de los metros cuadrados de la habitación utilizada para trabajar entre los metros totales de la vivienda. Es decir, si en una casa de 100 metros cuadrados, trabajamos en una oficina de 15, el gasto deducible por los suministros es del 30 % del 15 % de la vivienda.
Gastos de teléfono fijo, móvil e internet
En el caso de teléfono móvil, Hacienda permitirá la deducción siempre que se disponga de dos líneas diferenciadas, una para uso personal y otra para uso profesional. Lo mismo ocurre con la telefonía fija e internet en el caso de los autónomos que trabajan desde casa.
Gastos de IBI y otros tributos y tasas
Siempre y cuando sea el autónomo quien pague estos gastos, también son deducibles.
Gastos derivados de la compra de materias primas y materiales
Los autónomos pueden deducirse los gastos derivados de la compra de materias primas y materiales imprescindibles para desempeñar su actividad, caso de materiales de dibujo si eres arquitecto, por citar un ejemplo.
Gastos derivados de la contratación de otros trabajadores
Si eres autónomo con trabajadores contratados, los gastos en concepto de sueldo, pagas extraordinarias, seguros, formación, dietas, etc. son deducibles.
Gastos de asesoría
Precisamente porque, como comenzábamos diciendo en este post, ser autónomo no es fácil, un gasto habitual como trabajador por cuenta propia es el de los servicios de una asesoría fiscal, contable y laboral, que también pueden desgravarse. Lo mismo ocurre con otros servicios de profesionales independientes.
Gastos de marketing y publicidad
Siempre que se disponga de factura, todos los gastos de marketing y publicidad son deducibles, incluida la página web y sus gastos derivados (cuentas de correo electrónico, dominios, hosting…).
Gastos del vehículo particular y gastos asociados (gasolina, mantenimiento, seguro…)
A efectos de IRPF, solo se admiten como gastos en el caso de aquellos autónomos que se dediquen a actividades comerciales, de enseñanza a conductores o de transporte de mercancías o viajeros. Es el caso de agentes comerciales y representantes, autoescuelas, mensajeros, repartidores, taxistas o transportistas.
Gastos de dietas
Dada la dificultad de diferenciar si estos gastos de alojamiento y comida son o no personales, lo mejor es tomar una serie de precauciones:
- Paga con una tarjeta asociada a la cuenta bancaria de tu negocio.
- Solicita una factura para justificar el gasto.
- El importe importa y, en el caso de las dietas, este no debe exceder los 26 euros por día en territorio español y los 48 euros diarios en el extranjero. En el caso del alojamiento, el importe máximo es de 54 euros al día en España y 91 euros diarios fuera del país.
Son muchos los gastos que un autónomo puede deducirse en el IRPF, por lo que conviene conocerlos y justificarlos correctamente porque ello podrá suponer un ahorro importante al final de cada trimestre y del año. Si necesitas ayuda al respecto, no dudes en contactar con Asertho Desarrollo Empresarial.